Cambio de domicilio dentro de este municipio. Padron
Requisitos
Estar empadronado en este término municipal
Dónde solicitar
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C/ San Agustín, 38
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C/ Abreu y Valdés, 1
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C/ Los Charcos, s/n Edificio Joy
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C/ Marina González González, 7
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C/ Calvario, 1 (Centro Ciudadano)
¿Cuándo solicitar?
En cualquier momento
Impresos
Documentación necesaria
Fotocopia del documento que acredite la identidad de las personas inscritas:
- Mayores de 14 años (D.N.I., Pasaporte, Tarjeta de extranjero)
- Menores de 14 años (Libro de Familia acompañado de DNI si lo tiene). Los mayores de 14 años están obligados a poseer el DNI
Fotocopia del documento que acredite la ocupación de la vivienda:
- Alta en una vivienda de su propiedad: Escritura de propiedad Alta o recibo actualizado a su nombre de agua, luz, etc.
- Alta en una vivienda alquilada en la que el titular del contrato es el interesado: Contrato de alquiler
- Alta en una vivienda en la que ya figuran empadronadas otras personas: Autorización de la persona principal ocupante que ya figuran empadronados en el domicilio (Propietaria o inquilina). Adjuntando DNI., pasaporte o tarjeta de residencia en vigor
- Alta en una vivienda propiedad de otra persona cuando no figuren empadronadas: Autorización del propietario con el correspondiente justificante de la propiedad y DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del autorizado y el autorizante (rellenar impreso de autorización)
- Alta en una vivienda en la que el contrato de alquiler figura a nombre de otra persona, cuando no figuren empadronadas: Autorización del titular del contrato de alquiler, DNI, pasaporte o tarjeta de residente del autorizante y autorizado y contrato de alquiler (rellenar impreso de autorización)
- Alta en un colectivo (Comunidad religiosa, Residencias, Cruz Roja, Cuarteles…): Autorización de un superior, director o persona responsable
- Alta en un lugar no reconocido como vivienda (coche, caravana, puente …): Informe del trabajador social (Acudir a Servicios Sociales)
En el caso de empadronamiento de menores con un sólo progenitor o tutor
- Documento que acredite la guarda y custodia del menores (resolución del Gobierno de Canarias o documento equivalente de acogida o adopción)
- Fotocopia del Libro de familia y autorización del otro progenitor debidamente firmada
- Fotocopia del documento que acredite la identidad del otro progenitor (D.N.I., Pasaporte, Tarjeta de extranjero)
- En caso de no aportar custodia o autorización del otro progenitor, presentará la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada
Unidad Tramitadora
Negociado de Estadística, de la Sección de Régimen General
¿Quién resuelve?
La Alcaldía-Presidencia, mediante Decreto
Fundamentos legales
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 4/1996, de 10 de enero, en relación con el Padrón
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, modificada por la Ley 14/2003, de 20 de noviembre
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 1690/1986, de 11 de julio.