Donde solicitar la domiciliación
- En el momento del pago, en las entidades financieras colaboradoras
- En las oficinas de atención al contribuyente y atención ciudadana
- Accediendo a nuestra SEDE ELECTRÓNICA
Se establece una Bonificación del 5% de las cuotas a favor de los sujetos pasivos que domicilien sus deudas de vencimiento periódico, con dos meses de antelación al inicio del periodo voluntario de cobranza.
Más información en Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección